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Permanencia en internet: cuánto puede durar por ley y cuándo la penalización no es legal

El tope legal de permanencia en España son 24 meses, según la Ley 11/2022. Cuándo una penalización por baja anticipada es legítima y cuándo puedes discutirla.

Tarifas y facturasPublicado

Contrato de internet impreso sobre una mesa de madera con una cláusula subrayada en amarillo

Después de nueve cambios de operador y dos permanencias cobradas, sé qué sensación deja una penalización que aparece en la factura sin el papel que recuerdas haber firmado. «Esto es un timo» es una reacción comprensible, pero no basta para saber si el cargo se sostiene.

Las empresas cuentan con que sus clientes no conozcan sus derechos alrededor de las penalizaciones por permanencia.

Por eso esta guía va directa a dos cosas: un número claro, 24 meses, y una prueba concreta, comprobar qué beneficio justifica el cargo y cómo se reduce con el tiempo.

Cuánto puede durar la permanencia por ley: 24 meses

Permanencia en internet: cuánto puede durar por ley y cuándo la penalización no es legal, normativa aplicable
Datos de boe.es, consultados el 2026-09-14

La permanencia es el compromiso de permanencia mínima que aceptas al contratar un servicio o una oferta.

En España, la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, fija el límite en el artículo 67, apartado 7: los contratos «no tendrán un período de vigencia superior a veinticuatro meses» (Ley 11/2022, BOE-A-2022-10757, consultada el 14 de septiembre de 2026).

Esa es la cifra máxima legal. Un contrato no puede atarte durante más de 24 meses por una permanencia.

La ley incorpora al ordenamiento español la Directiva (UE) 2018/1972, de 11 de diciembre de 2018, conocida como Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas. Su artículo 105.1 establece también un máximo de 24 meses para los contratos iniciales de consumidores. Los Estados miembros pueden fijar un periodo menor, pero no ampliarlo.

El límite se aplica a los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público, con la excepción de los servicios de transmisión entre máquinas. También alcanza a microempresas, pequeñas empresas y entidades sin ánimo de lucro, salvo que renuncien expresamente a esa protección.

La regla no cambia porque hayas contratado un paquete. Una oferta conjunta de fibra, móvil y televisión queda dentro del mismo marco, y la permanencia no puede superar los 24 meses. Al terminar ese plazo puedes renovar o cambiar sin una penalización vinculada a esa permanencia.

Conviene separar la ley de lo que ofrecen las compañías en momentos concretos. En la fotografía de mercado publicada por El Independiente el 3 de septiembre de 2026, aparecían permanencias de 12 meses en Vodafone y Jazztel, y de 3 meses en Lowi y Digi. En esa comparación no constaba una permanencia para Simyo, Movistar u O2.

Son condiciones observadas en esa fecha, no una promesa para cualquier contrato futuro.

A qué tiene que estar atada una permanencia

Una permanencia debe corresponderse con una ventaja que hayas recibido: un router subvencionado o presentado como gratuito, un precio promocional con descuento o un dispositivo subvencionado. Si no hay beneficio identificable, el cargo pierde su explicación contractual.

El artículo 67, apartado 8, de la Ley 11/2022 establece la regla para la compensación cuando el usuario tiene derecho a terminar antes del plazo pactado. No se debe compensación, salvo cuando se conserva un terminal subvencionado. En ese caso, el importe no puede superar el menor de estos dos valores: el valor prorrateado del dispositivo en la fecha de baja o las cuotas que queden hasta el final del contrato.

No busques esa información solo en la conversación de venta. Lo que diga un agente por teléfono o en una tienda no sustituye al contrato escrito ni al resumen precontractual. El artículo 67 recoge la información que debe facilitarse antes de contratar, y el artículo 71 extiende esas obligaciones a cada elemento de un paquete que incluya acceso a internet.

Una promesa verbal que contradice el contrato escrito no es exigible. La regla funciona en los dos sentidos: lo que te hayan prometido y no figure en los documentos no te protege, y tampoco permite al operador inventar después una permanencia que no aparece en ellos. Antes de aceptar, localiza la duración, el beneficio asociado y la forma de calcular la salida.

Yo pagué una permanencia que estaba bien planteada. Había aceptado un router a cambio de un plazo, el documento lo recogía y el importe disminuía con los meses ya cumplidos. No discutí el cargo: el beneficio existía, la permanencia estaba escrita y la cantidad era prorrateada.

Ese es el aspecto que debe tener una condición legítima vista desde dentro.

Si prefieres pagar por flexibilidad desde el principio, puedes elegir una tarifa sin permanencia con los números delante.

Cuándo una penalización es legítima y cuándo puedes discutirla

La ley fija el límite de duración y regula el tope aplicable al terminal subvencionado que conservas. No establece una fórmula general con la que calcular cualquier penalización por baja anticipada. La proporcionalidad se analiza caso por caso.

En un informe de 2007 sobre reclamaciones a operadoras, elaborado a partir de un procedimiento de la CMT, se consideró que una cláusula carecía de base legal cuando cobraba la misma cantidad con independencia del tiempo transcurrido o cuando el importe aumentaba cuanto más cerca estaba el cliente del final de la permanencia.

El criterio era relacionar el tiempo ya cumplido y el beneficio disfrutado con la cantidad exigida.

Los dos operadores analizados en aquel procedimiento describieron sus propios cargos como proporcionales. Uno los vinculaba al grado de incumplimiento y los graduaba según el momento de la baja. El otro los relacionaba con la subvención recibida y con los meses ya cumplidos.

Ese informe resolvió un conflicto concreto; no creó una tarifa universal ni una operación que pueda aplicarse automáticamente a todos los contratos.

La primera comprobación es documental. Después, compara el beneficio recibido con el tiempo que ya has permanecido y con el importe que aparece en la factura. No basta con que el contrato utilice la palabra «penalización».

Situación Veredicto orientativo Qué lo decide
Te dieron un router o un descuento a cambio de determinados meses y te vas antes Probablemente legítima Existe un beneficio real y documentado en el contrato
El importe baja en proporción a los meses ya cumplidos Probablemente legítima La proporcionalidad con el tiempo cumplido, criterio del informe de 2007
Te quedas con un terminal subvencionado Legítima hasta un tope El menor entre el valor prorrateado del terminal y las cuotas pendientes, según el artículo 67.8 de la Ley 11/2022
El importe es fijo, igual en el mes 2 que en el mes 22 Merece discutirla El informe de 2007 considera que esa cláusula carece de base legal
El importe crece cuanto más cerca estás de terminar Merece discutirla El mismo criterio del informe de 2007
El operador cambió las condiciones y te vas dentro del plazo de aviso Sin penalización El artículo 9.2 del RD 899/2009 permite la baja sin penalización en ese supuesto; el procedimiento está explicado en si ya te lo han cobrado, así se reclama
Te cobran por no devolver el router No es penalización de permanencia Es un cargo por equipo y se evita devolviéndolo. Orange publicó en 2026 un importe de 60,50 € con IVA por un equipo, según su página de ayuda

El último caso merece atención porque se confunde con facilidad. Los routers entregados en cesión siguen siendo propiedad del operador y deben devolverse al terminar; el cargo por no devolverlos es distinto de una penalización por permanencia. En la página de ayuda de Orange de 2026 también figuraban 121,00 € con IVA por router y ONT, y 181,50 € con IVA por router, ONT y descodificador.

No existe una cantidad universal que una compañía pueda cobrar por cualquier permanencia. El importe depende del contrato, del beneficio y del tiempo pendiente. Si la factura no explica la relación entre esas piezas, pide por escrito el contrato, el detalle del cálculo y la prueba del beneficio.

En mi segundo caso, el cargo era una cantidad plana y el contrato no contenía ningún beneficio que lo justificara. Pedí por escrito la cláusula y el cálculo, y dejé señalado qué aparecía y qué no aparecía en el documento. Tardé cuatro meses y necesité una reclamación para recuperar el importe.

No fue una cuestión de discutir más alto, sino de poner el papel delante.

Mitos y realidades sobre la permanencia

La permanencia no funciona como una autorización en blanco para cobrar cualquier cantidad. Estos cinco contrastes sirven para leer la oferta antes de aceptarla y la factura antes de pagarla.

Mito Realidad
«La permanencia puede durar lo que el operador quiera.» Son 24 meses como máximo, según el artículo 67.7 de la Ley 11/2022.
«Si me dieron el router gratis, no me pueden cobrar nada al irme.» Sí pueden cobrar una compensación si lo pactaste por escrito, pero con el tope del valor prorrateado o de las cuotas pendientes, el menor.
«La ley dice cuánto tiene que ser la penalización.» La ley fija el límite de duración y el tope por terminal; la proporcionalidad procede del criterio de un informe de 2007 aplicado a un caso concreto.
«Lo que me dijeron por teléfono vale como contrato.» Vale el contrato escrito y el resumen precontractual, conforme a los artículos 67 y 71.
«Si me suben el precio tengo que aguantar hasta el final de la permanencia.» El artículo 9.2 del RD 899/2009 permite salir sin penalización dentro del plazo de aviso en una modificación unilateral válida. El detalle está en si ya te lo han cobrado, así se reclama.

La obligación de informar sobre la duración, las condiciones de terminación y los costes asociados ya aparecía en la Ley 9/2014 y en la Ley 32/2003. No es una exigencia que haya aparecido de repente.

Señales de alarma: la penalización «que se sacan de la manga»

Si no recuerdas haber aceptado una permanencia y no encuentras el documento que la explica, esa sospecha tiene una comprobación muy concreta. Busca estas señales antes de asumir que la factura es correcta.

  • No aparece ningún beneficio, como router, descuento o terminal, en el contrato que justifique la permanencia.
  • El importe es el mismo te vayas cuando te vayas.
  • El importe es mayor cuanto más cerca estás de terminar.
  • La fecha de fin que ves en la aplicación no coincide con la del contrato y nadie te ha explicado por qué.
  • Te lo dijeron por teléfono y no hay documento firmado ni grabación que te hayan facilitado.
  • Te cobran dos veces por el mismo equipo, una vez el operador y otra el distribuidor.

Un mismo beneficio no puede justificar dos penalizaciones. Si aparecen dos cargos vinculados al mismo equipo subvencionado, conserva ambas líneas de la factura y pide que identifiquen la base de cada una.

Comprueba tú misma la fecha de fin de permanencia

Una lectora descubrió por casualidad, dentro de la aplicación de su operador, que la fecha de fin había pasado de junio a septiembre. No había construido esa comprobación con una llamada: la vio al consultar su cuenta. Ese tipo de cambio es la razón para revisar el portal, no solo la memoria.

Hazlo así:

  1. Abre la aplicación del operador o el área de cliente de su página web.
  2. Localiza la fecha exacta de fin de permanencia y haz una captura en la que se vea la fecha.
  3. Compara ese dato con el contrato y el resumen precontractual.
  4. Programa un aviso unos 30 días antes de la fecha de fin y antes de que termine cualquier promoción.

Revisar las condiciones aproximadamente 30 días antes de que expire una promoción es una práctica incluida en las guías de consumo y contratación. Te permite leer qué precio y qué compromiso figuran en el documento antes de que llegue la siguiente factura.

Yo cometí el error contrario: acepté por teléfono la fecha que me dio un agente y más tarde encontré otra en el portal. Desde entonces, la fecha que guardo es la que aparece documentada en el área de cliente y la confronto con el contrato.

Si no coinciden, pide por escrito el documento firmado o la grabación de la contratación. La memoria de una llamada no sustituye a la prueba documental. El artículo 9.1 del RD 899/2009 permite modificar el contrato solo por motivos válidos expresamente previstos en él; una nueva fecha de permanencia necesita un nuevo beneficio acordado y documentado.

Si el operador no está de acuerdo: adónde acudir

Presenta primero la reclamación por escrito al operador, mediante su hoja de reclamaciones.

Si no obtienes una respuesta satisfactoria, acude a la OMIC de tu ayuntamiento, que puede tramitarla o derivarla a la Junta Arbitral de Consumo para un arbitraje gratuito y vinculante cuando el operador está adherido al Sistema Arbitral de Consumo.

Si no lo está, quedan la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales o los tribunales. La CNMC sanciona incumplimientos en las comunicaciones electrónicas, pero no es el buzón ordinario para reclamar una factura individual.

La secuencia, los plazos y los documentos se explican en si ya te lo han cobrado, así se reclama. Para el proceso de cambio de compañía, consulta cómo se hace la portabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es ilegítima una penalización por baja anticipada?

Es ilegítima cuando no está vinculada a un beneficio real recibido, cuando mantiene la misma cantidad aunque cambie el tiempo cumplido, cuando crece al acercarse el final o cuando supera el valor restante de un dispositivo que conservas.

La Ley 11/2022, artículo 67.8, y el criterio del informe de 2007 son las referencias para revisar esos puntos.

¿Puedo cancelar sin pagar si nadie me dijo que había permanencia?

Solo cuentan el contrato escrito y el resumen precontractual de los artículos 67 y 71 de la Ley 11/2022. Si ninguno muestra una permanencia vinculada a un beneficio, no hay una base documental para cobrarla. Pide al operador por escrito el contrato firmado o la grabación facilitada; una promesa verbal que contradice el contrato escrito no es exigible.

¿Me pueden cobrar la penalización si me han subido el precio y me quiero ir?

No, si te marchas dentro del plazo de aviso aplicable a una modificación unilateral del contrato, según el artículo 9.2 del RD 899/2009. Ese derecho no alcanza la financiación de un terminal incluido en el paquete ni el seguro del dispositivo. Si el cargo ya aparece en tu factura, consulta si ya te lo han cobrado, así se reclama.

¿Y si me quedo con el router o el móvil subvencionado?

En ese caso puede existir una compensación, pero está limitada al menor entre el valor prorrateado del dispositivo en la fecha de baja y las cuotas restantes, conforme al artículo 67.8 de la Ley 11/2022.

Un router entregado en cesión es distinto: debes devolverlo o asumir el cargo por no devolver el equipo.

¿Cómo sé cuándo termina exactamente mi permanencia?

Mírala en la aplicación o en el portal del operador y guarda una captura con la fecha visible. Compárala con el contrato; si la fecha ha cambiado sin un nuevo beneficio acordado, tienes una señal de alarma relacionada con el artículo 9.1 del RD 899/2009. Pide la explicación y la documentación por escrito.

Si tienes una permanencia activa, comprueba hoy la fecha en tu área de cliente; si el cargo ya está en la factura, ve directamente a la guía de reclamación.

Fuentes

  • Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, artículo 67, apartados 7 y 8, y artículo 71: duración máxima, compensación por terminal subvencionado y contratos empaquetados. BOE-A-2022-10757. Consultada el 14 de septiembre de 2026.
  • Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, artículo 9: modificación del contrato y baja sin penalización. Consultado el 14 de septiembre de 2026.
  • Informe sobre reclamaciones a operadoras de telefonía, Dirección General de Consumo: procedimiento de 2007 y criterio de proporcionalidad de la CMT. Publicado en 2007.
  • CNMC, «Telecomunicaciones»: función sancionadora y resolución de conflictos. Consultado el 14 de septiembre de 2026.
  • El Independiente, «Qué operador de fibra y móvil elegir en 2026»: condiciones de permanencia observadas en el mercado. Publicado el 3 de septiembre de 2026.

Información general, no asesoramiento jurídico.

Retrato de Nuria Betancort

Nuria Betancort

Seis años instalando y reparando conexiones fijas en Las Palmas y Madrid; desde 2019 escribe sobre tarifas y contratos leyendo la letra pequeña. Ha cambiado de operador nueve veces y le han cobrado permanencia dos.

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